Sección Sindical CC.OO. Dialse Seguridad
  13.09.Bilbao:Guardas funciones policiales
 




                                                                                     


Lunes, 13 de septiembre de 2010

BILBAO
GUARDAS CON FUNCIONES POLICIALES
¿Qué sucede si un vigilante hace funciones de policía? Esa es la pregunta que ha suscitado el reciente caso de Sestao, donde guardas de seguridad han trabajado en la comisaría en agosto, aunque al parecer en tareas menores y puramente rutinarias.

El presidente de la Asociación de Jefes de Policía local, César Pérez Toledo, y otros mandos consultados son contundentes al respecto: «todos sus actos serían ilegales».

Los policías recuerdan que ni los vigilantes, ni los alguaciles, ni los auxiliares de policía son funcionarios de carrera, no tienen el marchamo legal de agentes de la autoridad y, en la mayoría de los casos, no poseen formación para manejar un arma ni permiso oficial para llevarla. El jefe de la Policía local de un municipio, que prefiere no identificarse, recuerda que una persona sin un entrenamiento específico en el manejo de armas constituiría un auténtico peligro público, aparte de ser un acto de inmensa irresponsabilidad oficial el facilitársela. Algunos mandos, incluso, han estado ofreciendo cursos en el manejo de pistolas y esposas a futuros aspirantes a sustitutos de policía ante la falta hasta ahora de cursos homologados.

En lo que coinciden todos es que si actuaran como agentes de la autoridad todos sus actos serían nulos. «Enseñar una placa agravaría las consecuencias y, si detuvieran a alguien, sería un arresto ilegal, es decir, un secuestro», subraya Pérez Toledo. Para evitar tal eventualidad, ningún vigilante puede llevar arma, ni esposas, ni hacer detenciones. «Como mucho», subraya un policía, «retener a un delincuente como puede hacer cualquier ciudadano en un momento dado ante un delito, pero sin leerle sus derechos ni mucho menos trasladarle a dependencias policiales». El auxiliar tiene que llamar a través de su radio -normalmente enlazada directamente con la Policía local de su pueblo- a los agentes para que estos procedan a realizar una detención con todas las garantías legales que sea válida para un juez.

Cárcel y sanciones

Las penas por cruzar la raya de la legalidad en el reparto de funciones, aunque dependen mucho de lo que solicite la Fiscalía en cada caso, serían importantes. «Más si se encontrara una orden escrita por parte del alcalde que implicaría a todos», recuerda Pérez Toledo. Aunque se apresta a afirmar que «duda mucho» que nadie haya emitido una orden similar nunca en Euskadi, tanto el primer edil, como el concejal delegado de Seguridad, como el jefe de policía y los propios trabajadores que, a sabiendas, hayan realizado tareas para las que no tienen autoridad podrían ser procesados y enfrentarse a años de cárcel y una importante sanción.
FUENTE

 
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